3.055 Planned Non-Operation Certification (PNO-REG 102)(CVC §4604, 4604.5, and CR&TC §10856)

el propietario del vehículo es responsable pno o renovar el registro, incluso si no se recibe un aviso de facturación. El propietario recibe un acuse de recibo de Estado no operativo después de que el departamento procese la tarifa PNO.,

pautas de PNO—una PNO:

  • Debe presentarse antes de la medianoche de la fecha de vencimiento del registro para evitar una multa.
  • Se puede presentar hasta 90 días después de la fecha de vencimiento del registro si el vehículo no se ha operado de ninguna manera, pero la multa de PNO es debida, como se explica en la sección de multas en este capítulo.
  • Puede presentarse hasta 60 días antes de la fecha de registro actual.
  • no se requiere que se presente anualmente. Las tarifas de renovación deben pagarse en o antes de la fecha de la primera operación para evitar una multa por retraso.,
  • No se puede presentar para embarcaciones y autocares de remolque, que deben estar registrados en todo momento independientemente de su uso.
  • Se debe presentar para los vehículos registrados en una base de registro de año parcial (PYR) antes del 12/31 del año de registro siguiente al año PYR para evitar una multa. (La fecha del certificado de no operación (CNO) puede ser de hasta 30 días más allá de la fecha en que se recibieron las tarifas).

excepciones de PNO (CVC §4604 (d))-los requisitos de PNO no se aplican a vehículos:

  • que caducan mientras están en el inventario de un concesionario, arrendador-minorista o fabricante.,
  • Se mantiene en espera de una venta de gravamen por un encargado de garaje o operador de servicio de remolque.
  • registrado como parte de una flota del programa de Registro Internacional (IRP) asignada. Los vehículos IRP están sujetos a PNO solo si se eliminan de la flota y posteriormente se registran en California por un año completo o PYR. Aceptar un CNO a partir de la fecha de eliminación.
  • registrado sobre una base PYR. Consulte las pautas de PNO en esta sección para conocer los requisitos de presentación de PNO.
  • de interés y valor histórico como se describe en CVC §§5004, 5004.5, o 5051., (Ver también vehículos de Interés Histórico En esta sección).
  • Identificado como equipo especial (SE).
  • Robado y no recuperado.
  • registrado fuera del estado.
  • emitió un certificado no reparable.,

concesionario, arrendador-minorista, Fabricante de vehículos de inventario (CVC §4604)-no se requiere un PNO o CNO para un vehículo o remolque cuando el registro expira mientras se mantiene en el inventario de un concesionario, arrendador-minorista, o fabricante o
cuando se transfiere entre concesionarios, si la solicitud contiene evidencia de que el registro era válido cuando el propietario registrado vendió el vehículo/remolque al concesionario, arrendador-minorista, o fabricante. La evidencia aceptable podría ser la fecha de liberación en el título, poder notarial o factura de venta fechada antes de la última fecha de vencimiento.,

Los vehículos en expedición, incluidos los expedidos a un subastador, no están exentos de los requisitos de la PNO.

las penalizaciones continúan acumulándose en los vehículos que ingresan al inventario de un concesionario con registro vencido. La multa no se congela a la tasa de multa debida en el momento en que el vehículo entró en el inventario del concesionario, a menos que las tarifas y multas debidas se publiquen durante ese período de la tasa de multa. Los cargos por un vehículo que caduca mientras está en el inventario de un concesionario se deben pagar al momento de la venta del vehículo y deben pagarse dentro de los 30 días para evitar multas., Si se vende más de una vez, los cargos deben pagarse dentro de los 30 días de la primera fecha de venta.

Cheques deshonrados (DC) – una solicitud de PNO se cancela si la tarifa de PNO es pagada por un DC. El solicitante debe registrar el vehículo o presentar una nueva PNO, según corresponda. Si se envía un nuevo PNO:

  • Antes de la fecha de vencimiento, solo se debe pagar la tarifa de PNO.
  • dentro de los 90 días posteriores a la fecha de vencimiento, se deben pagar la tarifa de PNO y la multa de PNO.
  • 91 o más días después de la fecha de vencimiento, el vehículo debe estar registrado y se deben pagar cargos y multas por todo el año.,

vehículos de venta de gravámenes (CVC §4604) – no se requiere un PNO o CNO para un vehículo en el que el registro expira mientras se mantiene en espera de una venta de gravámenes por el encargado de un garaje o el operador de un servicio de remolque.

registros de vehículos de salvamento-los vehículos con registros que indiquen un estado de» Certificado de salvamento emitido «o» retención de salvamento», pueden colocarse en el estado PNO hasta que se reviva el vehículo.,

registros no disponibles-se requiere un formulario de verificación del vehículo (REG 31) antes de que se pueda aceptar una solicitud de PNO para un vehículo con registros no disponibles, a menos que se presente un título de California a nombre del solicitante. Vea la sección de originales varios en el Capítulo 7 para más información.

vehículos registrados bajo el programa de Registro de Año parcial (PYR) (CVC §9706 (d))

el PNO para un vehículo registrado por última vez como PYR y no operado desde el último registro PYR debe presentarse antes del 31 de diciembre del año siguiente.

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