Esta información se aplica al servicio de jurado en los tribunales de circuito y Penales del Condado de Putnam, Tennessee.

Usted puede recibir una citación del jurado en el correo de la corte indicando que usted está siendo llamado a servir como un posible miembro del jurado. Esto significa que su nombre fue extraído de la lista actual de conductores con licencia en el condado. Es contra la ley en Tennessee a partir del 1 de enero de 2009 convocar a un miembro del jurado de la lista de registro de Votantes del condado.,

Todos los nombres se seleccionan al azar de esta fuente, lo que proporciona al sistema de jurado una muestra representativa de las comunidades que representa. En todas las etapas de la selección, el Comisionado del jurado debe asegurarse de que el proceso de selección representa una sección transversal aleatoria de personas calificadas que residen dentro del condado. Como parte necesaria de este requisito, ninguna persona o personas pueden ser selectivamente incluidas o excluidas de la lista de jurados calificados.

elegibilidad:

el código de Tennessee detalla los requisitos mínimos para que una persona competente actúe como miembro del jurado., Una persona es elegible para el servicio de jurado si es ciudadano de los Estados Unidos, ha sido residente del Condado de Putnam durante al menos 12 meses, no ha servido como miembro del jurado durante los veinticuatro (24) meses anteriores y no ha sido condenado por perjurio, soborno de perjurio, un delito grave o cualquier delito infame.

excusarse del servicio:

los jurados solo serán excusados si el servicio causa una dificultad física o financiera excesiva o extrema.,o en el jurado; (b) incurrir En costos que tendrían un impacto adverso sustancial en el pago de los gastos de vida diaria necesarios del jurado o en aquellos para quienes dicho jurado proporciona los principales medios de apoyo; (c) sufrir dificultades físicas que resultarían en enfermedad o enfermedad; o (d) ser privado de compensación debido al hecho de que el posible jurado trabaja fuera del estado y el empleador fuera del Estado no está dispuesto a compensar al jurado, o que el posible jurado es empleado por un empleador que no está obligado a compensar a los miembros del jurado y se niega a hacerlo voluntariamente., Una dificultad física o financiera excesiva o extrema no existe únicamente basada en el hecho de que se requerirá que un miembro del jurado esté ausente del lugar de empleo del miembro del jurado.

si desea afirmar tal dificultad, comuníquese con la Coordinadora del Jurado Jennifer Wilkerson al 526-2060. Es posible que se le solicite que proporcione una declaración jurada, registros financieros, declaración del médico u otra documentación relevante para su solicitud. La falta de proporcionar documentación satisfactoria puede resultar en la denegación de su solicitud.,

Usted puede ser citado para servir en casos civiles o penales dependiendo del tribunal que emita la citación. El Tribunal Civil de circuito y el Tribunal Penal de circuito tienen procedimientos ligeramente diferentes. Se le instruirá sobre el procedimiento ante el tribunal el día en que se le cite a comparecer. Cada vez que usted entra como un posible miembro del jurado, puede esperar ir a la sala del tribunal y pasar por el proceso de selección del jurado. Si no eres seleccionado como miembro del jurado en la fecha convocada, estás excusado y se te dan instrucciones sobre cuándo debes regresar.,

aplazamiento del servicio:

los jurados pueden solicitar un aplazamiento temporal de su servicio en el jurado en circunstancias extraordinarias. Si no puede hacer la entrega legal durante el período de impanelment programado, es posible que solicite un aplazamiento temporal. Se espera que si su obligación es diferida, usted hará los arreglos apropiados con Jennifer Wilkerson, Coordinadora del Jurado, al 931-526-2060 para que pueda servir durante un período posterior de impanelment.

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